Expresidente Rodríguez Veltzé advierte que juicio ordinario a Añez vulnera la Constitución y no brinda justicia a víctimas del 2019

Eduardo Rodríguez Veltzé, que fue presidente de la Corte Suprema de Justicia y agente en La Haya, calificó de “vulneración abierta” a la CPE la decisión asumida por un juez de la ciudad de El Alto

Publicado: 25/01/2023 18:52
[Foto: Archivo La Razón] / El expresidente del Estado y la Corte Suprema de Justicia, Eduardo Rodríguez Veltzé

Tras la decisión del juez de El Alto, Mario Antonio Amaru, de declararse competente para juzgar a la expresidenta Jeanine Añez, dejando a un lado el juicio de responsabilidades que se había iniciado en la Asamblea Plurinacional, el expresidente Luis Rodríguez Veltzé criticó esta decisión y advirtió que se está vulnerando la Constitución Política del Estado y que esto defrauda a las víctimas de Senkata y Sacaba.

“Histórico desconocimiento y vulneración abierta a la Constitución. Desprecio por las víctimas del 2019”, escribió este miércoles Veltzé en Twitter.

El mensaje de Rodríguez Veltzé, quien además fue presidente de la Corte Suprema de Justicia, iba acompañado de un video en el que aparece el ministro de Justicia, Iván Lima, quien celebra que el juez Amaru se haya declarado competente para juzgar a Añez, una posición contraria a la del expresidente de Bolivia.

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El mismo Rodríguez Veltzé criticó también a Paulo Abrao, exdirector ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), quien también celebró que el juez Amaru decida procesar a la expresidenta Añez por la vía ordinaria.

“La Constitución define las competencias para el juzgamiento del caso Sacaba y Senkata, no la coyuntura ni el cálculo político por el Gobierno o la Asamblea Legislativa”, señaló Veltzé, quien además reitera que con la decisión del juez de El Alto, se vuelve a defraudar a las víctimas que esperan justicia desde el 2019.

El expresidente recordó que la Constitución vigente en Bolivia define las competencias de juzgamiento y afirmó que “ninguna autoridad y menos los jueces pueden torcerla a título alguno”.

Además, acompañó sus palabras compartiendo el párrafo cuarto del artículo 184 de la Constitución que señala que es atribución del Tribunal Supremo de Justicia:

“Juzgar, como tribunal colegiado en pleno y en única instancia, a la Presidenta o al Presidente del Estado, o a la Vicepresidenta o al Vicepresidente del Estado, por delitos cometidos en el ejercicio de su mandato. El juicio se llevará a cabo previa autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional, por decisión de al menos dos tercios de los miembros presentes, y a requerimiento fundado de la Fiscal o del Fiscal General del Estado, quien formulará acusación si estima que la investigación proporcionó fundamento para el enjuiciamiento. El proceso será oral, público, continuo e ininterrumpido. La ley determinará el procedimiento”.

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