ASFI fija tarifas máximas para las comisiones y servicios en el exterior, al igual que otros servicios

La entidad estatal fijó niveles máximos de comisiones, tarifas y otros cargos, incluyendo los retiros de cajeros automáticos de otras entidades financieras en el país

Publicado: 05/02/2024 13:49
Espinoza (centro) explicó la fijación de niveles máximos de comisiones, tarifas y otros cargos

La Autoridad de Supervisión del sistema Financiero (ASFI) fijó desde el 2 de febrero niveles máximos de comisiones, tarifas y otros cargos que pueden cobrar las instituciones de intermediación financiera a los usuarios, en donde se incluyen tarifas máximas para las comisiones y servicios extranjeros, es decir, fuera de las fronteras de Bolivia.

Así lo reportó la directora de la entidad estatal, Ivette Espinoza, al reflejar que transferencias al exterior (cuando el consumidor entrega dólares a la entidad o tiene una cuenta en esta moneda) tienen una tarifa gratuita cuando tiene un límite máximo de $us 1.000 y a partir de cantidades mayores se fija una tarifa del 3%.

Mientras que en el caso de transferencias al exterior (cuando el consumidor compra dólares a la entidad) también tendrá un costo gratuito si el límite son $us 1.000 y para cantidades mayores la tarifa será determinada por la entidad.

“En el caso de lo que es mayor a $us 1.000 y está determinado por la entidad, la entidad tiene que hacernos conocer cuánto va a cobrar en función a los costos en que incurre en el exterior”, señaló la ejecutiva, al referir que todo lo expuesto debe ser adecuado por las entidades hasta el 9 de febrero.

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Según Espinoza, se establecieron tres tipos de categorías de tarifas, incluyendo a las comisiones y servicios extranjeros en el exterior en lo que se considera servicios masivos, al igual que las compras por internet, los retiros de cajeros automáticos de otra entidad y los pagos con tarjeta (POS) en el exterior.

A esto se suma una categoría de tarifas gratuitas y que están detalladas en diferentes leyes, reglamentos, o por prácticas comunes que se han establecido que sean gratuitas, servicios tales como la emisión de tarjeta de débito inicial, la renovación de tarjeta de débito por vencimiento, la devolución de tarjeta retenida en cajero automático propio de la entidad o la emisión de extractos de la gestión actual.

Mientras que la tercera categoría se refiere a tarifas fijadas por el Banco Central de Bolivia, que son servicios de Órdenes Electrónicas de Transferencia de Fondos (OETF).

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Para el economista Joshua Espinoza si bien esto puede mostrar beneficios para adecuar sistemas y temas operativos, para el sistema financiero en general un mayor control solo puede traer consigo mayor especulación.

La autoridad señaló que todas las disposiciones están amparadas por la Ley 393 de Servicios Financieros, señalando que en caso de que hubiera incumplimiento por parte de las entidades financieras, los usuarios pueden elevar sus quejas en puntos de reclamos de los mismos bancos o recurrir a ventanillas de la ASFI.

“Se está dando a la población la oportunidad de tener un servicio adecuado y con precios que son pues en función a los costos en los que incurren las entidades financieras”, concluyó la directora de la ASFI.

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