Te recordamos los seis requisitos para las inscripciones de estudiantes a días del inicio del registro
En la Resolución Ministerial 01-2024 se establecen los seis requisitos para este registro. El ministro de Educación, Edgar Pary, confirmó las fechas y dijo que el proceso es solo para escolares nuevos
Cuenta regresiva. El 15 de enero, en solo seis días, arrancan las inscripciones escolares en el país, la fecha rige para unidades educativas privadas, de convenio y fiscales, confirmó este martes el ministro de Educación, Edgar Pary.
La autoridad remarcó que las inscripciones son solo para estudiantes nuevos; es decir, para los que recién ingresan a cursos del nivel inicial (kinder y prekinder), al primer curso de primaria y al primero de secundaria.
”El resto de los estudiantes están inscritos automáticamente”, insistió Pary a tiempo de remarcar que están prohibidas las filas para estas inscripciones porque las unidades educativas de alta demanda ya preinscribieron el año pasado.
Pary también confirmó que el inicio de las clases en el país está garantizado el 5 de febrero y esto será con nuevas autoridades educativas en unidades educativas, distritales y departamentales.
Adelantó que están prohibidos los cobros por cualquier concepto en la etapa de inscripción. “A través de las direcciones distritales se va recibir denuncias y se va sancionar acorde a procedimiento”, sostuvo.
Estos son los seis requisitos para las inscripciones
1.-Certificado de nacimiento original y cédula de identidad del estudiante. En caso de no presentar alguno de estos documentos a momento de la inscripción, la madre, padre o tutor firmará un Acta de Compromiso de presentación del documento, en un plazo no mayor a 30 días calendario.
2. Para casos de estudiantes extranjeros, la madre, padre o tutor, podrá presentar documentos de identidad otorgados por el Estado Boliviano (cédula de identidad de extranjero, cédula de identidad de diplomático) o similares del país de origen (documento nacional de identificación, pasaporte, certificado de nacimiento), lo cual no impedirá la inscripción en el sistema. En casos de situación extrema se habilitará la presentación de la Declaración Jurada de Buena Fe que forma parte complementaria del Formulario del Registro Único de Estudiantes (Rude). En la RM 01-2024 se detalla que en ningún caso se limitará el acceso y ejercicio del derecho a la educación, independientemente del estatus migratorio que tenga el estudiante o sus familiares en el territorio boliviano.
3 .-Para primer o segundo año de Educación Inicial en Familia Comunitaria Escolarizada y primer año en Educación Primaria Comunitaria Vocacional se deberá presentar el Certificado o Carnet de Vacunas del Esquema Nacional de Vacunación; quienes no presenten este requisito deben apersonarse al Centro de Salud más cercano, a fin de programar las vacunas faltantes. La ausencia de este requisito no impide la inscripción de la o el estudiante; sin embargo, los directores de unidades educativas obligatoriamente deben realizar las gestiones para que las y los estudiantes tengan el esquema de vacunación completo hasta antes de culminar la gestión escolar.
4.- Certificado del segundo año de escolaridad de Educación Inicial en Familia Comunitaria o al primer año de escolaridad de Educación Primaria Comunitaria Vocacional para la inscripción en primero de primaria. Aunque, se aclara que el no contar con este requisito no impedirá la inscripción.
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5. Edades cronológicas para la inscripción al Subsistema de Educación Regular: El estudiante tiene que cumplir la edad que corresponde a cada curso hasta el 30 de junio del presente año. Por ejemplo, los que ingresan a primero de primaria deben tener 6 años hasta el 30 de junio. Similar lógica para los de kinder, con 5 años y prekinder, los 4 años.
6.- Los estudiantes que, por diferentes factores, no cursaron Educación Inicial en Familia Comunitaria deben ser inscritos de manera excepcional y directa al primer año de Educación Primaria Comunitaria Vocacional.