Conoce las 10 restricciones propuestas en un anteproyecto de ley para sancionar a deudores de asistencia familiar
Una de las restricciones es no poder contraer matrimonio si se debe pensiones. Conoce cuáles son las otras restricciones
El anteproyecto de ley, de los dos presentados a la fecha, para fortalecer la asistencia familiar establece al menos 10 restricciones para sancionar a los padres y madres que no cumplen con esta obligación.
El anteproyecto modifica el procedimiento de liquidación y promueve la creación del Registro Nacional de Asistencia Familiar (RENAF). Fue presentado por el Viceministerio de Igualdad de Oportunidades (VIO) y remitida al Legislativo.
Conoce las restricciones que establece a deudores
Los que incumplen con el pago de pensiones tendrán estas restricciones, propone el proyecto de ley que aún es debatido.
1.- No podrá acceder a un cargo público ya sea mediante elección, designación, nombramiento o contratación.
2.- El sueldo del deudor será retenido en caso de verificar que el servidor o servidora pública es un deudor registrado por segunda vez.
3.- Si el deudor o deudora tiene algún proceso judicial por cobro de deudas, el juez priorizará el pago de la asistencia.
4.- Se hará la retención de pagos en el Sistema Integral de Pensiones y el Sistema de Reparto.
5.- El juez ordenará medidas cautelares, patrimoniales o personales luego de aprobar la liquidación de asistencia familiar de oficio.
6.- Se hará la “suspensión de los trámites” a obligaciones registrables y notariales sobre compra y venta de bienes inmuebles o bienes muebles registrables y no registrables.
7.- No podrán acceder a planes, programas o proyectos sociales financiados por el Estado, porque se implementará como un requisito más para la postulación el “no tener registro en calidad de deudora o deudor de asistencia familiar en el RENAF”.
8.- Las entidades bancarias incorporarán entre su evaluación crediticia la información en el RENAF para otorgar créditos.
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9.- Tendrán prohibido la emisión de pasaporte y salida del territorio nacional.
10.– No podrá contraer matrimonio hasta el pago de la deuda de asistencia familiar.