Sentencia constitucional argumenta que reemplazo de ministro censurado busca enmendar errores cometidos
La sentencia argumenta que la figura de la censura busca salvaguardar la estabilidad y la credibilidad del Gobierno, así como garantizar el ejercicio responsable de las funciones ministeriales
La Sentencia Constitucional Plurinacional 0020/2023, que hace un control constitucional sobre la Ley 1350 que regula los efectos de la censura a los ministros de Estado, señala en su parte argumentativa las razones por las que es legal y legítimo el veto a los miembros del gabinete del presidente del Estado.
Esta sentencia es mencionada como argumento por el ala ‘arcista’ del Movimiento Al Socialismo (MAS) para que el presidente del Estado pueda mantener en el cargo de ministro de Gobierno a Eduardo Del Castillo, censurado por más de 2/3 de voto la noche del martes.
Sin embargo, en la parte argumentativa de la sentencia, se señala cuáles son las razones por las que una autoridad censurada no debe ser ratificada.
La sentencia asegura que el objetivo de la censura es garantizar la confianza y la credibilidad en el Gobierno y evitar que conductas censuradas se vuelvan a repetir, lo que impide que una autoridad sea repuesta en el cargo.
“Siendo que la ciudadana o el ciudadano censurado está vetado de confianza por la Asamblea Legislativa Plurinacional, respecto a uno o varios asuntos que ejecutó durante su permanencia como ministra o ministro de Estado, la prohibición de su designación en ese cargo debe responder precisamente a las funciones que le fueron observadas; es decir, alcanzar a la misma Cartera de Estado de la que fue destituido o destituida”, señala la sentencia en el inciso III de la argumentación.
Este apartado agrega que la finalidad de la censura es que las futuras actividades del Ministerio, objeto del veto, sean desarrolladas por una persona que “genere correctivos” a las conductas censuradas.
La sentencia resalta que si una ministra o ministro ha sido censurado, eso significa que no ha logrado obtener el respaldo y la confianza de la Asamblea Legislativa y, por lo tanto, su capacidad para ejercer adecuadamente sus funciones se ve cuestionada. Al impedir que esta persona sea designada nuevamente como miembro del gabinete ministerial, se busca evitar que situaciones similares ocurran en el futuro y asegurar que se seleccionen autoridades con la capacidad y el respaldo necesario para desempeñar su labor de manera efectiva.
La sentencia hace énfasis en que la finalidad de la interpelación es “obtener y valorar el informe de la autoridad ministerial interpelada, a fin de verificar si ésta es depositaria de la confianza de la población, representada en la Asamblea Legislativa Plurinacional”.
La sentencia argumenta además que la determinación de la Asamblea de censurar a un ministro, provocando su destitución, no implica limitaciones a los derechos del presidente a elegir a sus colaboradores o se trata de una intromisión del Órgano Legislativo, ya que todo pasa por las decisiones ejecutivas que asumirá.
“En ese sentido, la sola instauración de un término -de veinticuatro horas- para que la presidenta o el presidente del Estado efectivice la cesantía de la autoridad ministerial censurada, no se traduce en disminución de sus atribuciones o facultades, mucho menos la sumisión de la primera autoridad del Estado frente al Órgano Legislativo; pues siendo que por mandato constitucional -art. 158.I.18 de la CPE- la censura de un ministro o ministra implica su destitución, para que ésta se formalice materialmente, requiere de un instrumento jurídico semejante al de su designación; por lo que, necesariamente debe intervenir la presidenta o presidente del Estado”, señala la sentencia.
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Sobre los derechos de los ministros censurados, específicamente el derecho al trabajo, la sentencia señala que no se limita de ninguna manera el derecho al trabajo, ya que se entiende que los ministros destituidos tienen la facultad de ejercer plenamente ese derecho en otras instancias del sector público o privado. Es decir que pueden ser designados para una función distinta a la de la cartera que fue objeto del veto.
La viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón señaló este miércoles que el presidente del Estado, Luis Arce, aún hace un análisis de la situación del ministro Del Castillo tras la censura, mencionando el análisis del fallo constitucional referido al tema.