Lo que debes saber sobre el proyecto de ley 280 de lucha contra la legitimación de ganancias ilícitas

La norma debía iniciar su tratamiento esta semana, pero su debate en comisión quedó suspendido a pedido del ministro de Justicia. Esto es lo que hay que saber

Publicado: 05/04/2023 16:33
[AIZAR RALDES / AFP] / En 2021, las protestas sociales obligaron al Gobierno a abrogar la ley antilegitimación

El pasado 22 de febrero, el presidente del Estado, Luis Arce Catacora, envió a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), el proyecto de ley 280 de “fortalecimiento a la lucha contra la legitimación de ganancias ilícitas”. El documento ingresó por la Cámara de Diputados, que ya remitió el mismo para su análisis a comisión.

El proyecto normativo es cuestionado por diversos sectores, entre ellos gremiales y transportistas, por considerar que se encuentra en la misma línea que un proyecto de ley y una ley que fueron eliminados en medio de protestas sociales.

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Estas normas son: el proyecto de ley de “Lucha contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas y el Financiamiento del Terrorismo”, que fue retirado de la Asamblea Legislativa por el Gobierno en octubre de 2021; y la ley 1386 de “Estrategia Nacional de Lucha contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas y el Financiamiento del Terrorismo”, abrogada un mes después.

El oficialismo asegura que el nuevo proyecto de ley no tiene nada que ver con las dos normas suprimidas y que lo único que se está haciendo es atender las recomendaciones de organismos internacionales que piden actualizar la legislación referida a la lucha contra delitos de legitimación de ganancias ilícitas.

Estas son las claves del proyecto de ley 280

Modificaciones al Código Penal

El proyecto de ley plantea cuatro modificaciones al Código Penal:

1. Modificar el artículo 71 Bis, referido al decomiso, incorporando a esta figura bienes y recursos relacionados a los delitos de terrorismo y financiamiento al terrorismo.

2. Modificar el artículo 133, referido al terrorismo aumentando la pena de 20 a 25 años de cárcel. Además incorpora en la redacción de hechos considerados como terrorismo “deponer al gobierno elegido constitucionalmente”.

El proyecto añade que las acciones de movilización social que tengan por finalidad la reivindicación o ejercicio de derechos sociales u otro derecho constitucional no serán consideradas como terrorismo.

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3. Modificar el artículo 133 Bis, referido al financiamiento del terrorismo, extendiendo la autoría del delito a las personas que financien el viaje de personas vinculadas al terrorismo e incorporando en la responsabilidad penal a personas jurídicas (lo que abarca desde empresas hasta sindicatos o cualquier otra organización que tenga personería).

4. Modificar el artículo 185 Bis, referido a la legitimación de ganancias ilícitas, separando en la redacción cada uno de los delitos de referencia (transferir bienes, ocultarlos, usarlos a sabiendas de que son ilegítimos, y ayudar a la comisión del delito); además incorpora. la responsabilidad penal a personas jurídicas.

El documento además plantea varias modificaciones a otras normas, como el Código de Procedimiento Penal, ampliando las atribuciones de las figuras de “agente encubierto” y “entrega vigilada” la investigación de delitos de legitimación de ganancias ilícitas y financiamiento al terrorismo.

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Lo que dice la oposición

El diputado de Comunidad Ciudadana (CC) Carlos Alarcón advirtió que la norma creará un “Estado policiaco” para impulsar la persecución penal con el pretexto de que se persiguen delitos de orden económico, pero que tendrá como objetivo acallar a la oposición.

“El problema está en que no necesitan siquiera el proceso penal por el delito principal. Por ejemplo, acusarían por haber cometido defraudación tributaria y usted dice ‘voy a demostrar mi inocencia en ese juicio’, pero no, ‘no le vamos a abrir proceso por ese delito principal”, afirmó.

Además, el opositor observa que la figura del delito es muy difusa, ya que hay varios hechos que quedarán a juicio de administradores de justicia que están muy cuestionados por sus nexos con el poder.

“La amplitud, la vaguedad y la redacción de esa figura penal es amplísima, por ejemplo si un grupo de manifestantes está reclamando algo al Gobierno y otro grupo de afines al Gobierno se siente intimidado y se siente restringido, eso se encuentra en la redacción”, dijo Alarcón.

La defensa del oficialismo

El presidente de la Comisión de Constitución, Juan José Jáuregui, del MAS-IPSP, negó que este proyecto sea una reposición de las normativas suprimidas durante las protestas de 2021 y dijo que la incorporación de figuras penales y ampliación de penas son una recomendación internacional.

“Existen especulaciones y apreciaciones antojadizas sobre este proyecto de ley, es necesario aclarar que estos artículos están en armonía con las observaciones del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre vulneración de Derechos Humanos”, aseveró Jáuregui.

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