Las 11 determinaciones aprobadas en la Asamblea de la Cruceñidad
Conozca las medidas que ya rigen en el departamento cruceño y surgen ante la emergencia desatada por la aprehensión del gobernador Luis Fernando Camacho

Santa Cruz se encuentra en estado de emergencia “ante la indefensión, la persecución política y el abuso de autoridad que ejerce el Poder Ejecutivo, maniobrando dolosamente en el sistema judicial y utilizando a la Policía como fuerza de represión contra la sociedad civil y dirigentes cívicos e institucionales”, según reseñó el presidente cívico Rómulo Calvo este jueves.
El dirigente del Comité pro Santa Cruz vertió estas declaraciones que fueron recogidas en el documento de las determinaciones de la Asamblea de la Cruceñidad, celebrada este jueves en la capital cruceña en presencia de autoridades y representantes de diferentes sectores y de la sociedad civil, las cuales se apuntan a continuación:
1.- Repudiar el secuestro violento y posterior aprehensión en contra del gobernador y expresidente cívico, Luis Fernando Camacho Vaca, y manifestamos que el pueblo cruceño estará movilizado y en emergencia permanente, exigiendo su inmediata liberación y retorno a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
2.- Exigir al Poder Judicial, que no se preste más al manoseo político y haga respetar la independencia de poderes, condición esencial de la institucionalidad democrática y del estado de derecho.
3.- Denunciar a la comunidad internacional que el gobierno boliviano, presidido por Luis Arce Catacora, ha instaurado en Bolivia un régimen de terrorismo de Estado e inseguridad jurídica, mediante la persecución política y la criminalización de facto del ejercicio del disenso, la protesta y la libre expresión, manipulando al Ministerio Público y a los tribunales de justicia, a los que tiene sometidos.
4.- Condenar y desconocer al actual comandante departamental de la Policía Nacional, quien se ha prestado a este vil acto atentatorio contra la vida del gobernador, instando a la tropa policial a cumplir su mandato constitucional de defensa de la democracia y su pueblo.
5.- Instar a todas las instituciones cruceñas descentralizadas, autonómicas, autárquicas, gremiales a sumarse a la lucha, ejecutando todas las acciones pertinentes y necesarias para cumplir y hacer cumplir lo decidido dentro de la Asamblea.
6.- Desde el Comité Pro Santa Cruz, reconocen el derecho de la ciudadanía cruceña en general que, dentro del marco legal, pacífico y democrático, puedan realizar las acciones de protesta que consideren convenientes para hacer respetar los derechos de la institucionalidad, de las autoridades democráticamente electas y la libertad de los cruceños.
7.- Ratificar la legítima decisión del multitudinario Cabildo del 13 de noviembre que encomendó al Comité pro Santa Cruz a considerar y formular propuestas para replantear la relación de Santa Cruz con el Estado boliviano, primando la necesidad de apelar a pactos internacionales que reconocen el derecho de los pueblos a la libre autodeterminación.
8.- Instruir a la ciudadanía en general a realizar un resguardo pacífico, responsable y permanente de todas las oficinas de las instituciones públicas nacionales, para evitar se sigan desarrollando auto atentados y actos vandálicos promovidos por masistas y funcionarios públicos serviles, que tienen como objetivo iniciar demandas y/o procesos contra los líderes y/o ciudadanos cruceños en general.

9.- Se declara paro cívico departamental de 24 horas, a partir de las 00:00 horas del día viernes 30 de diciembre de 2022, exigiendo la inmediata liberación del gobernador del departamento.
10.- Se respalda la determinación asumida por los Comités Cívicos Provinciales de la Cruceñidad, de llevar adelante el bloqueo de carreteras fronterizas a nivel departamental y de todas las vías de comunicación nacional, cerrando toda posibilidad a las autoridades del Gobierno Nacional, de ejecutar próximos secuestros de cualquier ciudadano, dirigentes y/o autoridades departamentales que se encuentren amenazados de ser violentado en sus derechos constitucionales.
11.- Otorgar poder de decisión absoluto al directorio del Comité pro Santa Cruz y su presidente, para decidir cualquier otra medida necesaria, a fin de llevar adelante lo resuelto en la Asamblea de la Cruceñidad.
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