El gobernador no está dentro de la jurisdicción cruceña, remarca el MAS y espera que la Justicia de curso a la suplencia temporal de Camacho

El senador William Torrez señaló que “no puede haber un vacío de gobierno” en Santa Cruz, por lo que espera que este miércoles la justicia apruebe la suplencia temporal de Camacho. Este miércoles se define el recurso presentado por el MAS para alejar al gobernador cruceño del cargo

Publicado: 08/02/2023 10:01
[Foto: Senado] / William Torrez se refirió a la situación de la Gobernación de Santa Cruz

El senador del Movimiento al Socialismo (MAS), William Torrez remarcó que, prevé que este miércoles la Justicia defina que el gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho sea alejado del cargo de forma temporal y en su lugar asuma el vicegobernador Mario Aguilera.

Para esta jornada está fijada la audiencia para que la Sala Constitucional Tercera resuelva una acción de cumplimiento que fue impulsada desde el MAS, para que Luis Fernando Camacho sea alejado del cargo de gobernador y asuma Aguilera. El gobernador de Santa Cruz cumple actualmente una detención preventiva en el penal de Chonchocoro en La Paz, es investigado por el denominado caso Golpe 1.

“Lo más seguro es que en la audiencia, se dé cumplimiento con lo que establece el artículo 64 de la Constitución, que señala que cuando hay un funcionario público que no cumple con su deber, debe compelérsele que de forma inmediata asuma este cargo”, sostuvo sobre el pedido de MAS, de que se declare suplencia temporal de Camacho en el cargo de gobernador de Santa Cruz y en su lugar asuma Aguilera.

Torrez insistió que, lo que se busca con este recurso es que se dé curso a una suplencia temporal de Camacho, no que sea remplazado de forma definitiva.

“No puede haber un vacío de Gobierno en nuestro departamento y cuando nos dice ausencia temporal nos hace entender que la autoridad departamental traspasó los límites del departamento el gobernador. En este caso el gobernador no está dentro del ámbito jurisdiccional del departamento de Santa Cruz y en consecuencia se entiende que hay una ausencia temporal”, insistió.

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Justificó que en el artículo 25 del Estatuto Autonómico de Santa Cruz se establece que ante ausencia del gobernador corresponde la suplencia temporal.

No se trata de una perdida de mandato, se trata de una suplencia temporal”, volvió a repetir.

La autoridad finalizó remarcando que el fallo en este caso “sin duda generará jurisprudencia” para futuros casos en condiciones similares.

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