“No hay una justicia eficaz”, dice exfiscal por sanción de solo 3 años por muerte en accidente de tránsito

El exfiscal departamental, Henry Herrera, lamentó que los conductores buscan la forma de evadir la detección de los agravantes para que así los años de sanción no aumenten. Remarcó que es necesaria la reforma judicial para que rija la sumatoria de penas

Publicado: 15/11/2023 09:37
[Foto: Unitel ] / Herrera cuestionó que las penas no son acumulativas en el país

El exfiscal departamental, Henry Herrera, consideró que hay fallas en la Justicia en la actualidad porque hay delitos que tienen penas leves, como, por ejemplo; homicidio en accidente de tránsito que solo es sancionado con hasta tres años de cárcel. Además, cuestionó que las penas no sean acumulativas en el país.

Ante esta situación remarcó que “no hay una justicia eficaz” en Bolivia porque “no se está protegiendo la vida” por lo que consideró que es necesaria una reforma judicial para modificar las sanciones.

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Herrera remarcó que el homicidio es sancionado con 10 años y la pena es mayor si hay algún agravante; sin embargo, lamentó que cuando hay homicidio en accidente de tránsito la pena máxima solo es tres años.

El artículo 261 del Código Penal boliviano establece: “El que resultare culpable de la muerte o producción de lesiones graves o gravísimas de una o más personas ocasionadas con un medio de transporte motorizado, será sancionado con reclusión de uno (1) a tres (3) años”. En este sentido, en el país las personas que tienen penas menores de tres años acceden al perdón judicial con lo que no van a la cárcel.

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Además, Herrera cuestionó que los conductores encontraron formas de evadir las sanciones pues después si están ebrios se dan a la fuga y reaparecen a los días, cuando ya pasó el efecto del alcohol y así evitan que se los procese con el agravante de estar bajo influencia alcohólica, que sube la pena de 5 a 8 años de cárcel.

Cuestionó que en el país al no ser las penas acumulativas se da un mensaje erróneo a la población “siga delinquiendo porque solo lo juzgaremos por un delito”.

Finalmente cuestionó que en el procedimiento penal otra falla es que entre los causales para la detención preventiva, el delito por el que la persona es juzgado debe ser sancionado con cuatro o más años.

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