Entra en vigencia normativa para agilizar baja médica por Covid-19, el certificado será por siete días
El trabajador deberá acudir a la caja aseguradora de salud posterior a siete días para ser valorado y éste determinará la alta médica o la continuidad de la baja
Este lunes 17 de enero entra en vigencia la determinación del Ministerio de Salud que señala nuevos pasos para la otorgación de la baja médica o certificado de incapacidad temporal por causas del Covid-19. Esta normativa pretende descongestionar las filas en las cajas aseguradoras.
Al respecto, el director Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo, Ramiro Narváez, explicó que todos los entes gestores deberán realizar el contacto con las empresas privadas e instituciones públicas para facilitar la certificación de la baja.
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El instructivo establece que todos los asegurados podrán hacerse una prueba antígeno o PCR en algún centro hospitalario o clínica privada, misma deberá ser autorizada por los Sedes departamentales; en caso de ser positivo a Covid-19, este resultado deberá ser enviado a la unidad de Recursos Humanos de su fuente laboral.
De ahí en adelante, el departamento de recursos humanos de las instituciones públicas y privadas será la encargada de continuar con el trámite para solicitar la baja médica del trabajador.
El director de la ASUSS, indica que posterior a siete días, el trabajador o asegurado deberá acudir a la caja aseguradora de salud para ser valorado y éste determinará la alta médica o la continuidad de la baja.
“El trámite y nexo es la empresa, es la encargada de gestionar la baja médica”, dijo Narváez.