Mediante decreto, Gobierno crea fondo de Bs 50 millones para proyectos de tecnología en universidades públicas

El objetivo es financiar el desarrollo de proyectos de investigación científica, tecnológica y de innovación para las entidades públicas de áreas estratégicas y productivas del Estado, que contribuyan a la industrialización

Publicado: 31/08/2023 15:04
[Ministerio de Educación] / Dos jóvenes revisan proyectos de robótica.

Mediante el Decreto Supremo 5008, el gabinete del presidente Luis Arce creó el Fondo de Fomento al Desarrollo de Ciencia y Tecnología (Fondecyt) para las universidades públicas autónomas por un monto de hasta Bs 50 millones.

El objetivo del fondo es financiar con esos recursos el desarrollo de proyectos de investigación científica, tecnológica y de innovación que serán desarrollados con base en necesidades identificadas por entidades públicas de áreas estratégicas y productivas del Estado, que contribuyan a la industrialización con sustitución de importaciones.

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El artículo dos del citado decreto establece que el Ministerio de Planificación del Desarrollo, a través del Viceministerio de Ciencia y Tecnología, será responsable de la administración del Fondecyt.

Por su lado, el Fondecyt debe identificar las necesidades de investigación y desarrollo en coordinación con entidades públicas de áreas estratégicas y productivas.

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Se prevé que se lance al menos una convocatoria pública al año para la presentación y gestión de proyectos y suscripción de convenios con las universidades para su ejecución.

Financiamiento

Para acceder al financiamiento del Fondecyt, las universidades públicas deberán participar en convocatorias públicas a través de la presentación de proyectos de investigación científica, tecnológica y de innovación.

Derechos

Establece también que el Ministerio de Planificación del Desarrollo será el titular de los derechos propiedad intelectual que deriven de los proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación por el fondo.

En una de sus disposiciones transitorias, se establece que el Ministerio de Planificación del Desarrollo, en un plazo no mayor a los 30 días, debe aprobar mediante Resolución Ministerial la reglamentación para el cumplimiento del decreto

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