Magistrados ‘autoprorrogados’ podrán postular a las elecciones judiciales de 2024, según la ley

Uno de los “requisitos comunes” que se consigna en la ley de las elecciones judiciales establece que los magistrados cuestionados por la “autoprórroga” podrán postularse a los diferentes cargos del Órgano Judicial, pero no para el que ocupan en la actualidad.

Publicado: 07/02/2024 22:04
[Foto: Consejo de la Magistratura] / Edificio del Consejo de la Magistratura.

Los magistrados ‘autoprorrogados’ podrán postularse a las elecciones judiciales. Según la Ley 1549, podrán aspirar a un cargo diferente al que ocupan actualmente.

“No postularse al mismo cargo que haya sido elector en alguna elección judicial anterior”, se lee en el punto de 9 del artículo 23 de la citada norma referida a los “requisitos comunes” que deben cumplir los postulantes.

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La norma, que fue promulgada este martes por el presidente Luis Arce Catacora, permite a los magistrados ‘autoprorrogados’ habilitarse para uno de los cargos del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Tribunal Agroambiental (TA), Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y Consejo de la Magistratura (CM).

La Ley Transitoria 1549 de las Elecciones Judiciales 2024 está en vigencia desde la noche de este miércoles tras su promulgación por parte del presidente Luis Arce y la publicación en la Gaceta Oficial.

La norma tiene 42 artículos, cinco disposiciones adicionales y una final y establece los mecanismo para elegir a los 96 postulantes que participarán en las elecciones judiciales que se proyectan para agosto o septiembre.

Asimismo, establece los plazos para el proceso. La Asamblea Legislativa tiene 80 días para seleccionar a los candidatos y el Tribunal Supremo Electoral (TSE) tiene hasta 150 días para organizar la votación y entregar los resultados.

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