“Las sentencias son de cumplimiento obligatorio”, dice vocal Chuquimia sobre fallo que anula reelección indefinida

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió la Sentencia Constitucional 1010/2023, donde señala que la “reelección presidencial indefinida no es un derecho humano”

Publicado: 08/01/2024 16:51
[Foto: UNITEL ] / La vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Dina Chuquimia

Tras conocerse que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió la Sentencia Constitucional 1010/2023, donde señala que la “reelección presidencial indefinida no es un derecho humano”; con miras a las elecciones nacionales, la vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Dina Chuquimia, sostiene que “las sentencias son de cumplimiento obligatorio”.

Sin embargo, adelantó que la Sala Plena del TSE emitirá un pronunciamiento una vez tengan las listas oficiales de candidatos y candidatas a la presidencia y vicepresidencias para las futuras elecciones del 2025.

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“Una vez con las listas de los candidatos a vicepresidentes y presidentes de los partidos políticos. A partir de ello, habrá un pronunciamiento. De momento no podemos pronunciarnos en base a un tema de un partido político”, dijo Chuquimia este lunes.

La vocal sostiene que cuando se llegue a las elecciones primarias, se tendrá la certeza de los nombres de los candidatos y candidatas que vayan a representar a los partidos políticos para las elecciones nacionales.

“Para todos los procesos electorales, las organizaciones políticas deben prever el cumplimiento de la Constitución Política del Estado”, dijo la vocal Chuquimia.

De acuerdo a la sentencia del TCP, “el presidente y vicepresidente no pueden ejercer mandato más de dos veces de forma continua o discontinua”. Sobre esta determinación, el TSE aún no emitirá un pronunciamiento oficial.

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El artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE) señala que la gestión de un presidente y vicepresidente dura cinco años y “pueden ser reelectos por una sola vez de manera continua”.

Según los antecedentes, en 2017, los exmagistrados del TCP habilitaron a Evo Morales, pese a que la Constitución Política del Estado (CPE) establece que el presidente y vicepresidente pueden gobernar por más de dos periodos consecutivos.

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