Las claves del juicio por el Silala entre Chile y Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia

Este jueves 1 de diciembre se conocerá el fallo de la demanda y contrademanda ante el tribunal internacional. Esto es lo que hay que saber

Publicado: 28/11/2022 15:31
[Foto: AFP/Archivo] / El litigio por el Silala se resolverá este jueves con el fallo de la CIJ

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) dará a conocer el jueves en La Haya su fallo sobre la disputa entre Chile y Bolivia por el uso de las aguas del río Silala, para cerrar una agria controversia bilateral que se arrastra desde 2016.

En junio de 2016, Chile demandó a Bolivia ante la CIJ pidiendo que declarara al Silala como un río internacional, cuyas aguas puedan ser usadas en ambos lados de la frontera. Bolivia respondió presentando una contrademanda y un escrito para replicar los argumentos de su vecino.

Estas son las claves para entender el conflicto:

Chile se adelanta

En marzo de 2016 el presidente Evo Morales anunció que Bolivia demandaría a Chile ante la Corte Internacional de Justicia para hacer valer sus derechos sobre las aguas que nacen en el sudoeste potosino, dos meses después creó el Consejo de Defensa de los Manantiales del Silala, entidad que debía ser la encargada de evaluar qué acciones se debían tomar para defender este recurso.

Pero el Gobierno chileno decidió adelantarse y el 6 de junio presentó ante la Corte Internacional de Justicia una demanda para que esta instancia determine si “el río Silala es un río internacional y por lo tanto Chile tiene derechos sobre las aguas de este curso de agua”.

Lo que dice la demanda chilena:

1. Chile le pide a la Corte que decida que el río Silala es un curso de agua internacional, cuyo uso se encuentra regido por el derecho internacional.

2. Chile tiene derecho a un uso equitativo y razonable de las aguas del río Silala en conformidad al derecho internacional.

3. Que bajo el estándar de uso equitativo y razonable Chile tiene derecho al uso que actualmente hace de las aguas del río Silala.4. Que Bolivia tiene la obligación de tomar todas las medidas adecuadas para prevenir y controlar la contaminación y otras formas de daño a Chile, resultante de sus actividades en las cercanías del río Silala.

4. Que Bolivia tiene la obligación de cooperar con Chile y notificarle oportunamente de medidas que haya planificado y que pueda tener un efecto adverso en los recursos hídricos compartidos, de intercambiar antecedentes e información y de conducir cuando sea apropiado unestudio de impacto ambiental, para permitir a Chile evaluar los posibles efectos de estas medidas”.

Bolivia contrademanda

Bolivia presentó a fines de julio de 2018 una contrademanda por el mismo caso contra Chile, pidiendo argumentando que tiene soberanía sobre el Silala, cuyas aguas fueron canalizadas artificialmente por los chilenos. Esta contrademanda señala:

1. El contrato de concesión de 1908 sobre el uso de las aguas del Silala, que es un reconocimiento implícito de la propiedad boliviana sobre este recurso y que Chile pedía permiso para usarlo.

2. El desvío artificial de las aguas del Silala, que se logró a través de la construcción de canales artificiales por Chile a inicios del siglo XX.

3. Que estas aguas no forman parte de un sistema hidrológico compartido, por tanto su derecho de uso es exclusivo de Bolivia, y a pesar de ello Chile ha explotado estos recursos hídricos sin reconocer hasta la fecha su deuda histórica.

4. Finalmente Bolivia invoca la Carta de 1974 de la Organización de Naciones Unidas, que señala que “todo Estado ejerce libremente soberanía plena sobre el uso, disposición y riqueza de los recursos naturales”.

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¿Dónde se encuentran las aguas del Silala?

Las aguas del Silala nacen en la alta Cordillera de Bolivia a más de 4.000 metros de altura, en el cantón de Quetena, provincia Sud Lípez del departamento de Potosí, a unos 4,5 kilómetros al este de la frontera con Chile.

Para llegar al Silala se debe atravesar la Reserva de Fauna Andina Eduardo Avaroa.

Bolivia: “No es un río”

Bolivia considera a las aguas del Silala como manantiales o vertientes que afloran naturalmente a la superficie y que por obras de canalización hechas a principio del siglo pasado por empresas chilenas llegan hasta territorio extranjero.

El autor boliviano, Rodrigo Fernández señala: “Por los diversos estudios e investigaciones realizados por especialistas en el campo, se puede concluir que las aguas del Silala son manantiales y que, por consiguiente, no configuran, en sentido estricto, un río. Si bien estas aguas discurren de un lugar a otro, no lo hacen de manera natural, pues ha sido necesario construir diversas obras para su recolección y transporte”.

Chile: “Es un río transfronterizo”

Chile, por su parte, considera al Silala como “río internacional transfronterizo”. El autor chileno Julio Von Chrismar, afirma que el Silala “nace en una o varias vertientes o manantiales y fluye por un cauce fluvial, en forma natural, obedeciendo a la gravedad, aunque esté parcialmente canalizado y en algunas partes, embalsado”.

En 1908 la Prefectura de Potosí entregó la concesión del uso de aguas del Silala a la empresa The Antofagasta and Bolivia Railway Company Limited, con el propósito de asegurar su abastecimiento para el funcionamiento del ferrocarril en el tramo entre Antofagasta y Oruro. Para ello se construyeron canales artificiales que desviaron el curso del afluente.

A mediados del siglo XX las locomotoras de vapor dejaron de transitar y dieron paso a las locomotras a diesel que no utilizaban agua, pero el aprovechamiento del Silala no se frenó.

Según relata el historiador Castulo Martínez, tras el reemplazo de las locomotoras, la empresa anglo-chilena usó el agua para venderla a consumidores chilenos de ciudades aledañas.

¿Cómo fluyen las aguas?

Según el investigador chileno Cástulo Martínez la aguas de las vertientes del manantial del Silala se canalizan de la siguiente forma: 94 vertientes de agua que son colectadas por medio de canaletas construidas de cal y piedra que vacían el agua a un canal central, que haciendo un recorrido de 2.500 metros, se reúne con otro canal similar que lleva las aguas de otras vertientes que se hallan próximas a la frontera dentro del territorio boliviano.

Los dos canales provenientes de ambas zonas de las vertientes se reúnen formando un caudal de consideración que se conecta a una Caja de Agua llamada la Primera Toma, la cual está ubicada en la quebrada del cerrito Silala, a 600 metros de la línea fronteriza. De esta Primera Toma sale una cañería central de 12 pulgadas que cruza la frontera y se interna 10 kilómetros en territorio chileno.

El canal que alimenta este reservorio tiene una profundidad de 1.30 metros y un ancho de 1.20 metros con capacidad de transportar más de 500 litros por segundo, equivalente a 43 metros cúbicos diarios, según datos del ingeniero Antonio Bazoberry, uno de los mayores expertos bolivianos en el tema y autor del libro ‘El mito del Silala’.

Las audiencias en la CIJ

Las últimas audiencias por el caso del Silala se realizaron en abril de este año, cuando las partes formularon sus alegatos y tuvieron oportunidad de interpelar a la otra parte.

En esas audiencias, el agente de Bolivia ante la CIJ, el diplomático Roberto Calzadilla, pidió a la CIJ que declare la soberanía boliviana sobre el “flujo artificial” de las aguas del Silala en su territorio, y que “Chile no posee derechos adquiridos” sobre ese flujo de agua.

Para la delegación de Bolivia, los canales construidos sobre el Silala en su territorio aumentaron artificialmente el caudal, y por ello Chile no puede alegar derechos adquiridos para su acceso a esas aguas.

Por su parte, la agente de Chile, Ximena Fuentes, pidió a la CIJ que rechace los argumentos de Bolivia y alegó que la exposición boliviana carece de base legal al hacer una diferencia entre causes naturales y artificiales.

Chile insiste en la validez del derecho consuetudinario (normas no escritas pero cuya aplicación se tornó habitual por su repetición en el tiempo) en el caso de las aguas del Silala, que considera un curso de agua internacional.

Fuentes también había pedido a la CIJ que exprese que Bolivia está obligada a tomar medidas para evitar la contaminación de las aguas, así como a cooperar y “notificar oportunamente a Chile” sobre medidas que puedan tener “un efecto adversos en recursos acuíferos compartidos”.

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