La Fiscalía y Policía cometieron delitos al no haber intervenido el cerco a la refinería, dice abogado

Gary Prado se refirió al cerco que durante 10 días se tuvo en el ingreso a la refinería y que ha causado una escasez de combustible en el departamento

Publicado: 04/11/2022 11:18
[Foto: Paúl Granillo - UNITEL] / Carros cisternas afuera de la refinería

La Ley de Desarrollo Sostenible del Sector de Hidrocarburos señala que, con carácter prioritario, se debe garantizar la atención del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, considerando el consumo doméstico, comercial e industrial y el transporte. En ese contexto, el abogado Gary Prado, considera que hay delitos que se han cometido con la instalación de un cerco en la refinería que no fue removido por las autoridades en los diez días que duró.

Prado ve que tanto la Fiscalía como la Policía han faltado a la norma incurriendo en delitos pues no intervinieron este cerco que se mantuvo durante diez días en este lugar ocasionando también que hayan cientos de cisternas con gasolina varados a la intemperie lo que representa también una amenaza para la población.

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Fueron los propios vecinos quienes sacaron con palas y hasta sus propias manos, los montículos de arena y escombros que se habían colocado en la reja de ingreso para impedir la salida y entrada de los camiones.

En el caso específico de la institución Verde Olivo “estaba protegiendo a quienes hacían este cerco y entorpecían el desarrollo normal de la planta”, dijo Prado que acotó que una vez se rompió el cerco, los uniformados no permitieron, en primera instancia, que los cisternas ingresen a la refinería.

Mientras que el Ministerio Público debió de actuar de oficio, remarca el abogado, que observa un incumplimiento de deberes pues los fiscales tienen la obligación de asistir inmediatamente se toma conocimiento de la probable comisión de un delito, pero ellos “no lo han hecho, ni siquiera se han apersonado por el lugar”.

La ley 3058, promulgada durante el primer gobierno de Evo Morales, en 2007, reseña que “toda persona que promueva la interrupción de las actividades a que se refiere la Ley de Hidrocarburos, será sancionada conforme a lo establecido en el Artículo 214 del Código Penal (seis años de privación de libertad)”, expresa la norma vigente.

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