El Tribunal Constitucional sentencia que “la reelección indefinida no es un derecho humano”

Presidente, vicepresidente, senadores y diputados no pueden ser ejercer mandato más de dos veces de forma continua o discontinua, informaron desde el TCP

Publicado: 29/12/2023 21:35

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió la Sentencia Constitucional 1010/2023, donde señala que la “reelección presidencial indefinida no es un derecho humano”, según la información a la que tuvo acceso UNITEL.

De acuerdo a los datos obtenidos por el TCP, “el presidente y vicepresidente no pueden ejercer mandato más de dos veces de forma continua o discontinua”.

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Además, “los senadores y diputados no pueden ejercer mandato más de dos veces de forma continua o discontinua”. señala la explicación de una alta autoridad del TCP.

El artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE) señala que la gestión de un presidente y vicepresidente dura cinco años y “pueden ser reelectos por una sola vez de manera continua”.

Según los antecedentes, en 2017, los exmagistrados del TCP habilitaron a Evo Morales, pese a que la Constitución Política del Estado (CPE) establece que el presidente y vicepresidente pueden gobernar por más de dos periodos consecutivos.

La sentencia constitucional 084/2017 sostenía que la reelección presidencial es un derecho humano, contrariamente a lo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció en su Opinión Consultiva que dejó establecida que la repostulación indefinida no es un derecho humano.

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El falló surgió en 2017 por efecto de un recurso presentado por legisladores del Movimiento Al Socialismo (MAS), precisamente para avalar la repostulación de Morales.

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