Cierre de la Asamblea con olor a tufo golpista

1. En materia administrativa (ley 2341) para que un acto sea válido tiene que llevar firma de responsable. No se conoce documento oficial firmado por el Vice presidente en el comunicado de cierre de ALP, por tanto, puede considerarse un acto sin valor jurídico a la luz del derecho.

2. Si los 166 asambleístas otorgan validez al acto será un acto violatorio consentido, porque el Vice presidente no tiene atribución para cerrar la ALP y enviar a descansar a los parlamentarios en contra de su voluntad. El art. 153 y 161.1 CPE y art. 4, 6, 36 y 47 señala la atribución de ALP no del Vice presidente. Existe usurpación de funciones. La ALP ya definió su trabajo y esa resolución del pleno no puede ser modificada por un comunicado del Vice.

3. Acto del Vice tiene olor a tufo golpista, su acto es arbitrario puesto que quien inaugura y clausura las sesiones es el pleno de ALP. El acto del Vice no es receso por cuánto no hay comisión de receso. (art.154 - 161.1 CPE), es un cierre arbitrario de la ALP.

4. Si los parlamentarios no asisten a su trabajo el día martes 26 sentarán una jurisprudencia nefasta para la institucionalidad del Estado: a) Permitirán que el acto golpista del Vice siente una norma de conducta que puede repetirse más adelante cuando el gobierno no quiera la eficacia de un acto o ley de la ALP. b) Se puede tomar como un abandono del cargo de los asambleístas, por cuanto al acto del Vice no tiene valor por encima de la decisión de la ALP. Las cámaras pueden sesionar en forma conjunta o separada, si el Vice no asiste puede presidir el presidente del senado. Art. 4 reglamento. c) Si el Vice no permite que los asambleístas trabajen, podrán demandarlo por el delito de obstrucción al trabajo. d) Permitirán que se apruebe el PGE con vicios de nulidad porque el plazo de 60 días sigue vigente, vence el 31 diciembre.Los magistrados tendrán más posibilidad de prorrogarse. El ascenso a generales se dará también por aprobado, en la visión y acto del gobierno. Terrible daño al Estado, gobernarse al margen del estado constitucional de derecho.

5. Hay una crisis de Estado, puesto que el país transita y funciona al margen de la CPE y las leyes.

6. Se violenta la soberanía del pueblo, por cuanto, la democracia representativa expresa el voto popular, que define en las urnas las autoridades, sus plazos, y atribuciones conforme a la CPE aprobada por voto.

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