Declaran inconstitucional la reforma laboral que impulsa Milei en Argentina

El Gobierno de Javier Milei buscaba la implementación de esta norma a través del decreto de necesidad y urgencia (DNU), todo el capítulo laboral de esta norma fue declarada inaplicable

Publicado: 30/01/2024 13:33
[LUIS ROBAYO / AFP] / Javier Milei, presidente Argentina

La Cámara Nacional de Apelación del Trabajo de Argentina determinó la inconstitucionalidad del capítulo 4 de la reforma laboral que impulsa el Gobierno de Javier Milei, a través del decreto de necesidad y urgencia 70/23. Dentro de la argumentación, se indicó que este tipo de reformas deben analizarse y debatirse en el Congreso.

El fallo fue firmado por los jueces Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, que -de esta manera- rechazaron la apelación que había hecho el Ejecutivo para dejar en pie el decreto en su tramo laboral. Se descuenta que el Gobierno apelará a través de un recurso extraordinario ante la Corte Suprema, informan medios internacionales como Página 12 e Infobae.

“No se registraba impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso, e incluso el 27 de diciembre de 2023, es decir, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del DNU 70/2023, el órgano legislativo se encontraba convocado, en funciones, y con facultades para examinar el contenido de las reformas propiciadas en dicho DNU”, se sostuvo en el fallo.

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Se añade que “esas circunstancias excepcionales no se observan verificadas en el caso”, remarcaron y añadieron que incluso antes de la entrada en vigencia del DNU, el Poder Ejecutivo convocó el 26 de diciembre a sesiones extraordinarias en el Congreso y que en el temario habían incluido para su tratamiento al proyecto de ley ómnibus que contiene, a su vez, al decreto 70/23.

Según explicaron los magistrados, “la admisión del ejercicio de facultades legislativas por parte del Poder Ejecutivo se hace en condiciones de rigurosa excepcionalidad” y siempre y cuando “la norma no regule materia penal, tributaria, electoral o del régimen de partidos políticos, y que exista un estado de necesidad y urgencia”.

Asimismo, los jueces destacaron que “la vulnerabilidad es una circunstancia que afecta a la persona que trabaja en relación de dependencia, dada su desigualdad negocial, y que se hallan en juego derechos de naturaleza alimentaria” y por la importancia que tienen resulta “imprescindible” que sean debatidos por el Poder Legislativo.

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