Resolución exime a pueblo indígena de presentar personería jurídica
La falta de personería jurídica había provocado una serie de conflictos entre los pueblos indígenas de Quila Quila y el Gobierno Municipal de Sucre, al punto de que se convirtió en el principal escollo en la aprobación de la Carta Orgánica Municipal, cuyo proyecto fue rechazado por el Tribunal Constitucional ante un reclamo de los denominados “ayllus”.
Sucre, 10 Jul. (ANF).- Dirigentes del pueblo indígena de Quila Quila, ubicado en la jurisdicción del Municipio de Sucre, celebraron, este jueves, la aprobación de un recurso de Acción Constitucional mediante se libra a esa comunidad de personería jurídica como requisito para la ejecución de cualquier trámite ante la vía judicial.
El representante de esa comunidad, Samuel Flores, dijo, en conferencia de prensa, que la resolución aprobada en un Tribunal de Garantías de la Corte Departamental de Chuquisaca “sienta jurisprudencia” sobre los derechos de las minorías indígenas cercanas a las poblaciones urbanas.
Según explicó Flores, la resolución que favorece a los pueblos indígenas fue dictada por un tribunal dentro de un pleito con el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), entidad que había rechazado la titulación de tierras dentro de los denominados Territorios Comunitarios de Origen (TCO).
El dirigente indígena interpretó, asimismo, que esa resolución podría extenderse a otros campos de acción como a las representaciones indígenas directas en los órganos legislativos, tanto departamentales como municipales, donde no sería necesaria la acreditación de personería por parte de estas comunidades.
La falta de personería jurídica había provocado una serie de conflictos entre los pueblos indígenas de Quila Quila y el Gobierno Municipal de Sucre, al punto de que se convirtió en el principal escollo en la aprobación de la Carta Orgánica Municipal, cuyo proyecto fue rechazado por el Tribunal Constitucional ante un reclamo de los denominados “ayllus”.
El Tribunal Constitucional observó que en el proyecto de Carta Orgánica no habían sido incluidos los representantes de los Quila Quila, aunque el Municipio respondió que en el proceso de elaboración del documento se encontraban acreditados todos los delegados de los distritos municipales.
Una de las exigencias del Gobierno Municipal radicaba en que los ayllus no contaban con la personería jurídica necesaria para ser incluidos como una representación independiente en el proceso autonómico municipal.