Según Amaszonas, la justicia falló a su favor y le habría habilitado las matrículas de sus aviones
Se determinó suspender temporalmente las disposiciones de la DGAC mientras se resuelve el conflicto entre parte privadas, argumentando que la entidad solo fiscaliza y supervisa la seguridad operacional de las aeronaves
Tras una audiencia de más de siete horas, desde Amaszonas señalaron que el amparo constitución que interpusieron salió procedente a su favor, y de acuerdo a su lectura, este fallo establece que las matrículas de los aviones que operan están vigentes, después de que estas fueron suspendidas por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
Desde Amaszonas especificaron que el amparo constitucional que fue interpuesto por Amaszonas para dejar sin efecto las disposiciones de la DGAC fue ratificado, pero esto implica que lo enfilado por la entidad estatal se suspende de manera temporal.
La información que transmitieron reseña que la autoridad jurisdiccional estableció que la DGAC solo fiscaliza y supervisa la seguridad operacional de las aeronaves, por lo que se vuelve a reiterar la petición de dejar sin efecto la medida cautelar emitida por sus autoridades mediante la resolución que entró en vigencia el 8 de agosto.
Como antecedente, se conoce que hay cuatro aeronaves a las que se les revocó la matrícula después de que la empresa arrendadora y propietaria de los aviones -Gy Aviation Lease- solicitó a la DGAC impulsar estas acciones debido a que no hay un contrato vigente, por deudas contraídas por la firma privada por más de $us 17 millones, según la información que maneja el Gobierno.
En este contexto, la empresa arrendataria y la empresa dueña de las aeronaves, como arrendadora, deben solucionar sus conflictos como partes privadas, de acuerdo con lo que se había establecido en el amparo que fue interpuesto por Amaszonas.
“Se hace justicia otorgando la tutela en el Amparo Constitucional, volvemos a volar por y para ustedes”, apuntó el gerente general de la aerolínea, Dardo Gómez; sin embargo, aún no se detalló cuál será el plan de reactivación de las operaciones aéreas y los mecanismos a seguir.
Según indicó Gómez anteriormente, la DGAC vulneró el debido proceso, alterando los plazos administrativos establecidos en la ley (Ley 2341 establece plazo de 10 días), inventando cinco días, que son inexistentes en la normativa.
Hasta el cierre de esta nota (22:00 de este 15 de agosto) no hubo un reporte de parte de las instituciones estatales que participaron de la audiencia: Ministerio de Obras Públicas, Procuraduría General del Estado, DGAC, Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT) y Navegación Aérea y Aeropuertos Bolivianos (Naabol)
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