Ministerio de Trabajo reporta 200 denuncias de aguinaldos no pagados; la sanción es el abono doble
De los 200 casos, la mayoría de casos se registró en Santa Cruz con 99 denuncias y La Paz con 33. El resto son denuncias de los demás departamentos.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social informó que recibió 200 denuncias de trabajadores que no recibieron su aguinaldo 2023, el primer día de terminar el plazo. El 20 de diciembre finalizó el plazo de pago; la sanción es el pago del doble del monto omitido.
“Se ha recibido el día de ayer, 21 de diciembre, más de 200 denuncias por falta de pago de aguinaldo. (...) Nosotros estamos activando el procedimiento de verificación correspondiente”, informó yecid Mollinedo, director general de trabajo de esa cartera estatal.
MIRA AQUÍ: Valles cruceños: Producción de hortalizas cae un 30% y alertan encarecimiento de la papa
De los 200 casos, la mayoría de casos se registró en Santa Cruz con 99 denuncias y La Paz con 33. El resto son denuncias de los demás departamentos.
“Es importante señalar que si el Ministerio de Trabajo verifica que se ha incumplido con el pago, el empleador está sujeto a la obligación de pagar una multa que equivale al doble del concepto omitido y además se va a iniciar un proceso por infracción a leyes sociales”, añadió el funcionario.
MIRA AQUÍ: Argentina reduce importación de gas boliviano al nivel más bajo en 12 años
Los trabajadores privados y públicos pueden continuar denunciando si no recibieron el pago hasta el 20 de diciembre, fecha que detalló el Ministerio de Trabajo.
“Cualquier trabajador o trabajador que no hubiera percibido este beneficio tiene toda la posibilidad de presentar una denuncia”, dijo.
El pago del beneficio se inició el viernes 1 de diciembre, tanto en el sector privado como en instituciones públicas, anunció el Ministerio de Trabajo.
Los trabajadores que no completaron el año, pero sí más de tres meses con un contrato fijo tenían derecho a recibir duodécimas del aguinaldo.
El aguinaldo de Navidad no tiene vencimiento, es irrenunciable y es un derecho adquirido por los trabajadores fijados por norma y en la Constitución Política del Estado.